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| Foto: Guillermo Ruiz |
Afirmar esto, que la prisión permanente revisable (tal y como está recogida en nuestro Código Penal) representa una violación de derechos humanos, no es algo nuevo. Desde que en el año 2015 se aprobó, las principales organizaciones defensoras de derechos humanos, asociaciones de jueces, de fiscales y de abogados, así como expertos en materia penal han reiterado cuáles son los argumentos jurídicos que deslegitiman una medida así en un sistema penal que busca y persigue la reinserción y la reeducación. Entre estos argumentos quizá resulte útil destacar de forma muy somera algunos de ellos:
